La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ) declaró como inadmisibles los diez recursos interpuestos
ante el máximo juzgado para anular las elecciones presidenciales del
pasado 14 de abril, en las que resultó ganador el mandatario Nicolás
Maduro.
La presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez, anunció este miércoles en
alocución a la prensa los aspectos más resaltantes de los petitorios y
la motivación y decisión de cada una de las sentencias de los recursos
contenciosos electorales.
“Es inadmisible el recurso contencioso electoral intentado en virtud
al artículo 133, numeral 2 de la Ley Orgánica del TSJ y artículo 206 de
la Ley Orgánica de los Actos Electorales, por cuanto la parte accional
no mencionó al extracto cuya impugnación solicita ni consignó los
documentos indispensables”, anunció Gutiérrez.
Agregó que tampoco describieron conductas concretas que a través de
nexos causales adecuados hubiesen engañado a otro con el fin de alcanzar
un determinado resultado electoral capaz de modificar la elección en un
sentido diverso al deseado por la mayoría de la población”.
Luego de las elecciones presidenciales del pasado 14 de abril, la
oposición venezolana no reconoció los resultados que le dieron el
triunfo al presidente Nicolás Maduro con una diferencia mayor a los 220
mil votos, y presentaron una solicitud de auditoria ante el Consejo
Nacional Electoral (CNE) cuyos resultados fueron exactos pero
desestimados por la oposición, así como acudió ante el TSJ para
solicitar la impugnación completa del acto electoral.
SIBCI/Avn
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