Un
saludo a toda Venezuela. Hemos decidido hacer esta cadena nacional para
informar sobre las decisiones que el Consejo Nacional Electoral ha
tomado en relación con la ampliación de la Verificación Ciudadana, fase
II.
El
pasado 18 de abril, este Poder Electoral aprobó esta ampliación, luego
de una solicitud hecha a esta institución. Desde entonces hemos estado
trabajando para garantizar el buen desenvolvimiento del procedimiento
aprobado. Es importante resaltar que las organizaciones con fines
políticos auditaron en cada una de las fases del proceso electoral
todos los elementos que conforman el sistema automatizado, certificando
el buen funcionamiento e integridad del sistema.
Allí
están las actas de cada auditoría con la firma de sus técnicos, las
cuales pueden ser consultadas en el sitio oficial del CNE por quien
quiera hacerlo.
Adicionalmente,
en el lapso previo a la elección, el equipo del ciudadano Capriles
solicitó otras garantías que fueron sumadas al resto de auditorías que
ya forman parte integral del sistema electoral, y que el Poder Electoral
aprobó luego de constatar que se trataban de solicitudes razonables y
dentro del marco de la ley, todo con el ánimo de generar un ambiente
favorable para el evento.
Solicitaron
en ese momento la incorporación de un testigo por candidato en la sala
de transmisión del Sistema de Información al Elector (SIE). Se aprobó.
Solicitaron la inclusión de un testigo en la sala de contingencia de miembros de mesa. Se aprobó.
Solicitaron una nueva auditoría a la memoria removible con datos de las máquinas de votación. Se aprobó.
Estas garantías adicionales, incluyendo la nueva
auditoría que mencionamos suman un total de 18 procesos de auditorías.
Estas auditorías ahora son desconocidas y silenciadas. Con ese
desconocimiento se busca lesionar el proceso electoral aludiendo a temas
que ya fueron revisados y certificados por sus propios técnicos. Tal y
como lo demuestran unas actas que son de conocimiento público. Un
sistema electoral que ha sido reconocido elección tras elección en sus
fortalezas, en la confiabilidad de los resultados electorales que han
favorecido a unos y otros, y cuya credibilidad se ha demostrado con la
alta participación en las elecciones.
A
quienes manifestaron inconformidad cuando se anunciaron los resultados
electorales, se les advirtió que las vías para recurrir los actos del
Consejo Nacional Electoral están en la Constitución y la ley. Les asiste
el derecho de impugnar la elección, pero también es su deber presentar
las pruebas de ello. Esa ha sido nuestra posición tanto en declaraciones
públicas como en las reuniones que hemos sostenido con ellos.
Ante
nuestra insistencia para que se introdujera una solicitud formal,
finalmente, fue en la tarde del miércoles 17, cuando recibimos una
comunicación por parte del ciudadano Capriles con una serie de
solicitudes.
Luego
de un largo análisis en el Consejo Nacional Electoral, pudimos
constatar que es imposible aprobar la solicitud en los términos
planteados, ya que no están previstos en el ordenamiento jurídico. Sin
embargo, el Poder Electoral, en la búsqueda de una vía para la
conciliación, les propuso a los interesados la ampliación de la única
auditoria que restaba para culminar con el cronograma de una elección
que ya terminó
La
decisión fue comunicada al país en cadena nacional al término de la
cual se pudo escuchar del ciudadano Capriles su conformidad. No
obstante, en sus posteriores declaraciones públicas y la de sus voceros,
dijo que lo aprobado ya no era suficiente y que ahora habría que
desarrollar una revisión del proceso electoral distinta a la decidida.
Se
manipuló para generar falsas expectativas con el procedimiento, incluso
haciendo ver que la consecuencia de la verificación ampliada afectaría
el resultado electoral.
Lo
dijimos ayer y lo repetimos hoy: la verificación ciudadana fase II que
fue ampliada, tiene como objetivo definido en la ley el de verificar el
buen funcionamiento de la máquina, allí se comprobará la correspondencia
entre el comprobante del voto, y el acta emitida por la máquina, en
ningún caso se trata de un nuevo escrutinio y por ningún motivo afecta
los resultados electorales emitidos por este Poder Electoral la noche
del 14 de abril.
Días
después de aprobada la ampliación, voceros del equipo del ciudadano
Capriles introdujeron un documento distinto al primero, en donde
solicitan revisiones impracticables porque están fuera del rango de lo
que comprende una verificación ciudadana y de lo aprobado en sesión, y
otras que ya habían realizado ellos mismos, como es la auditoría al
registro electoral y a la producción de los cuadernos de votación, tal y
como consta en las actas de esos procesos.
La solicitud entregada
El
documento que recibimos el miércoles 17, firmado por el ciudadano
Capriles, constituye, por sí mismo, un intento de impugnación, para el
cual tiene legítimo derecho, cosa que ha sido nuestra insistencia. Sin
embargo, el documento carece de dos condiciones para ser respondido por
el Consejo Nacional Electoral. En primer lugar, no le corresponde al
CNE recibir solicitudes de impugnación en estos casos. Expresamente la
Ley Orgánica de Procesos Electorales en su artículo 202 establece que le
corresponde al Tribunal Supremo de Justicia conocer cualquier recurso
sobre los actos emitidos por este Consejo Nacional Electoral. Y en
segundo lugar, el documento es acompañado de unos anexos que no le
permitirían al Poder Electoral realizar ninguna investigación a
propósito de lo denunciado porque no señalan de forma clara y precisa
cuáles son los hechos que supuestamente vulneraron las normas; cuáles
son las mesas electorales; cuáles son las actas; cuáles son las personas
involucradas; cuál es el posible daño producido a las electoras y los
electores. El que hace una denuncia de esta magnitud debe aportar un
mínimo de elementos necesarios para que se pueda constatar que esas
denuncias son realmente supuestos de hecho establecidos en la norma y
así poder establecer su veracidad.
Ejemplo
de ello son los siguientes: el llamado "relación de denuncias" que es
en realidad un inventario de reportes, en el que resaltan informaciones
como las siguientes:
· En la parroquia San Pedro en Caracas se reportó "asistencia al voto por parte de miembros de mesa a ancianos";
·
En el paraíso "no quieren poner el sello que indica que el elector
votó, al libro" (Es importante decir que habla de un sello que no existe
desde hace por lo menos 4 procesos electorales).
· En Aragua "la máquina se apagó, se solucionó inmediatamente"; en ese mismo estado ¨la testigo betsy no se presentó"
·
Y en Barinas, al reportar que el tipo de problema era testigo limitado
en sus funciones, se aclaró que estaba "solucionado. La incidencia nunca
sucedió".
Informaciones
como estas son las que abundan en el inventario presentado como prueba.
Son datos sin precisión alguna sobre el posible daño al voto, sin
descripción de posibles irregularidades en las actas, y en algunos
casos, sin ninguna relación con el funcionamiento del sistema electoral y
menos aún con un supuesto fraude a la voluntad soberana de las
electoras y los electores.
Está
conformado por un conjunto de láminas con fotografías y otras con texto
y números diversos. Sobre esto, nos gustaría presentar los siguientes
ejemplos:
·
Se muestra una fotografía de baja calidad en la imagen, de la que se
asegura corresponden a una "persona con cédulas no verificadas". Esta
lámina no está acompañada de ninguna denuncia ante el Ministerio
Público, ninguna referencia a acta de mesa donde hayan sido utilizadas
estas supuestas cédulas y no explica con precisión a qué se refiere con
la calificación de "no verificadas".
·
En otra: se muestra una fotografía de baja calidad, con una imagen de
la fachada de una casa de la que se asegura corresponde con "casa con
máquina de votar. Maracaibo, sector Ziruma. Tienen una máquina y han
metido 10 buses con gente votando". En este caso, la imagen no muestra
ninguna máquina de votación, ni los autobuses a los que se hace
referencia. No se incluye denuncia ante el Ministerio Público o ante los
organismos de seguridad; no hay referencia alguna a cuál centro de
votación corresponde esa máquina y cómo se sumarían esos votos a algún
centro electoral.
·
Una tercera lámina registra 535 máquinas dañadas que afectarían a
189.982 electores. No indica cómo los afecta ni qué sucedió con la mesa
de votación donde se encontraban. No específica a qué se refiere con
esta calificación: si se trata de máquinas sustituidas por la
contingencia, como efectivamente paso y la votación continuo de forma
automatizada, de acuerdo con los protocolos establecidos.
·
También se presentan unas láminas con dos textos calificados como
denuncia en los que se dice que el presidente Maduro obtuvo entre 95% y
100% en un número de mesas de votación. No sabemos cómo esto supone una
irregularidad porque ésta es la expresión de comportamientos del
electorado. Fíjense que Capriles obtuvo más de 95% de la votación en
58 mesas.
·
Por último, se muestra una lámina donde se afirma que fueron retirados
los testigos en 286 centros. Este Poder Electoral no recibió una sola
denuncia en este sentido el día de la elección, pero además en la lista
de reportes que constituye el anexo A solo aparecen 6 registros
referidos a esta situación y en ninguno de estos casos se aportan los
elementos mínimos para constatar la veracidad de estas informaciones.
Estos
anexos se presentan como las pruebas de un supuesto fraude electoral y
como sustento de solicitud para una revisión como si se tratara de
irregularidades masivas que afectan los resultados emitidos por el
Consejo Nacional Electoral.
Esta
solicitud desconoce incluso la naturaleza misma del comprobante de
voto: Cerca de 15 millones de electores y electoras votaron el 14 de
abril y verificaron en ese comprobante que su voto había sido registrado
en la máquina tal como fue su voluntad. Este Poder Electoral no recibió
una sola denuncia en la que un elector o electora dijera que el
comprobante mostraba una opción distinta a la escogida.
Los
anexos de la solicitud no constituyen prueba alguna de cómo hubo la
supuesta afectación de un número significativo de votos, en un número
específico de centros y mesas con nombres y códigos, y como pudo alterar
un resultado que cada uno de los candidatos obtuvo en detalle de manos
de esta institución para que lo analizaran y contrastaran con sus actas.
Resultados que tienen en actas y fueron transmitidos a través de la red
de datos que auditaron al día anterior y el día siguiente de la
elección y sobre la cual no hubo observación alguna ni evidencia de
fallas en la misma. Tal como se evidencia en el hecho de que no existe
registro alguno de irregularidades en las actas refrendadas por los
testigos.
La auditoría. Cómo la haremos
Antes
de hablar de cómo realizaremos esta ampliación de la auditoria es
importante recordar que la auditoria de verificación ciudadana fase y se
realizó en 54% de todas las mesas, es decir 20.800, incluso hemos
estado revisando los reportes y hemos verificado que en algunas regiones
esta verificación se extendió a 60% de las mesas de votación. Este
procedimiento se llevó a cabo en absoluta normalidad y dentro de los
parámetros usuales, es decir con error cero.
Asimismo,
el jueves 18 de abril se realizó la auditoria fase II que es el 0,5% de
las mesas electorales con un resultado de error cero.
Este
viernes, hemos aprobado en sesión los parámetros que serán utilizados
para la ampliación de la verificación ciudadana, en su fase II. Antes
nos gustaría recordar que incluye esta auditoría.
El
artículo 162 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales indica que la
verificación se efectuara mediante la revisión de los comprobantes de
votación con relación a los datos contenidos exclusivamente en el acta
de votación elaborada por los miembros de mesa. El alcance de esta
auditoria es claro. El artículo 437 del Reglamento de esta ley advierte
que bajo ningún concepto la verificación ciudadana se considerara
escrutinio, ni forma parte de ese acto.
Bajo
estas condiciones, el Consejo Nacional Electoral en su sesión del
viernes 26 de abril definió los aspectos que serán desarrollados en
esta verificación, con lo que cumplimos con el artículo 163 de la ley.
Estos aspectos son:
1.
Se sacará una muestra aleatoria obtenida del 46% de las mesas que no
fueron auditadas el domingo 14 de Abril. La misma será definida en una
mesa de trabajo con los técnicos de las organizaciones políticas.
2.
Se hará una auditoría durante 10 días continuos al término de los
cuales se deberá hacer un informe. Se repetirá la operación hasta llegar
al mes.
3. Se realizará en un ambiente seguro y técnicamente controlado
4. Se procurará auditar diariamente la mayor cantidad de mesas de acuerdo a la capacidad instalada en el Galpón de Mariches
5. Los técnicos de las organizaciones políticas participaran en el proceso.
Desde
el mismo momento de la aprobación, este Conejo Nacional Electoral
comenzó a prepararse para garantizar el buen desenvolvimiento de esta
verificación ciudadana. Se han acondicionado las instalaciones de
Mariches, y se han llevado todas las cajas de resguardo, siguiendo los
protocolos acostumbrados, a fin de garantizar su realización en el menor
tiempo posible. La auditoría se llevará a cabo con el equipo auditor de
la Universidad Central de Venezuela, que ha acompañado nuestros
procesos desde hace muchos años.
Recurso humano que participará en la auditoria:
Auditores
(24); Asistentes de auditoria externos (60); asistentes del CNE (60);
coordinadores externos (6); coordinadores del CNE (12); técnicos de las
organizaciones políticas(30).
Venezuela
sabe que esta institución defiende la voluntad de las electoras y
electores, que nuestra labor es garantizar la expresión libre y
transparente de la voluntad soberana de las venezolanas y los
venezolanos. Así lo hemos demostrado en estos años. Hemos asumido con
gran responsabilidad y seriedad los acontecimientos que se
desencadenaron luego del evento del 14 de abril.
Aseguramos
desde un primer momento los derechos que le asisten a la personas e
insistimos hasta el día de hoy en que todo desacuerdo con los resultados
debe canalizarse a través del marco jurídico que rige el Estado de
Derecho venezolano.
Seguimos
trabajando con seriedad, para culminar la Verificación Ciudadana y
continuar con actividades pendientes, entre ellas reactivar los lapsos
suspendidos de la elección municipal que estábamos organizando antes del
evento sobrevenido. A las venezolanas y venezolanos les decimos: es la
hora de la sensatez, de apostar a la racionalidad y al respeto a la
Constitución y la ley. Es obligación ineludible de cada ciudadana y
ciudadano de este país, aportar al mantenimiento de la paz nacional y
construir la convivencia en sociedad.
Continuemos, haciendo democracia verdadera.
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